«TRIBUNAL ECLESIÁSTICO, EJERCICIO JURÍDICO
2015»
PBRO. LIC. RAMIRO
GARCÍA ARAGÓN
Vicario Judicial
Adjunto
El matrimonio, es
decir, la unión entre un varón y una mujer, es un llamado de la naturaleza, y
por lo mismo, es un derecho de las personas, más aun, para los bautizados es un
sacramento; un camino que, a través del cumplimiento de los derechos y obligaciones
que emanan de esta alianza, humanamente les lleva a la realización, y
cristianamente, a la santificación.
Sin embargo, no todos
los seres humanos pueden llevar a feliz puerto esta barca del matrimonio y la
familia. No me refiero a los matrimonios fracasados, porque las causas de su
fracaso están, casi siempre, fuera de la voluntad y de las personas mismas de
los cónyuges. Me refiero a muchas personas que, parecen o pasan por normales,
pero que son portadores de una incapacidad que no les permite celebrar un matrimonio válido.
Las más de las ocasiones lo ignoran o es inconsciente.
Este tipo de
personas, aunque delante de Dios y del ministro de la Iglesia expresen su
consentimiento, no hacen nacer con sus palabras el sacramento del matrimonio,
porque su incapacidad no se los permite, y los efectos de esta incapacidad se
manifestarán, antes o después, en la vida matrimonial y familiar, haciéndoles
llevar una vida de dolor y sufrimiento, de frustración y decepción, con
consecuencias y secuelas para el resto de sus días.
La Santa Madre
Iglesia, en su milenaria sabiduría, reconoce a los fieles no sólo su derecho al
matrimonio, sino también el derecho a pedir que, si es posible, se declare nulo
el matrimonio que celebraron y que, por distintas circunstancias, les resultó
imposible continuar con su esposo/a y tuvieron que separarse. Esa es,
precisamente, una de las labores que ocupan la mayor parte del tiempo y del
esfuerzo de un Tribunal diocesano: llevar a cabo los procesos para que, si
consta con certeza moral y jurídica la nulidad del matrimonio, así se declare.
De tal manera que los fieles, puedan rehacer su vida matrimonial, y muchas
veces sacramental, al contraer nuevas nupcias.
En el ejercicio del
año jurídico 2015, nuestro Tribunal de San Juan de los Lagos, recibió 97
peticiones de este tipo, de las cuales 45 se encuentran ya en proceso; las
otras se remitieron a otros Tribunales a donde realmente les correspondía;
algunas de estas peticiones no contaban con la información suficiente para
aceptarlas y se reenviaron a los peticionarios para que completaran la
información y que sean posteriormente admitidas; o también, en algunas de ellas
no se encontró fundamento de derecho para celebrar el proceso, es decir, que a
pesar del fracaso, celebraron válidamente su matrimonio.
A los largo de este
año que recién terminó, nuestro Tribunal de San Juan de los Lagos, sentenció 63
causas matrimoniales de procesos que habían iniciado en el año 2014, y una que
otra en el 2013. Aquí hay que decir que, en el proceso, el principal interesado
es el esposo o esposa, que hace ejercicio de su derecho a pedir la nulidad
matrimonial, pero a veces, la misma incapacidad que no les permitió seguir en
la unión conyugal, hace que sean irresponsables en el proceso, lo cual, a pesar
del esfuerzo y la voluntad de los ministros de la justicia, retarda la
definición de la nulidad o validez del matrimonio en cuestión.
Hay una pregunta que
siempre surge cuando se estudia este tema, o cuando en lo cotidiano de la
convivencia se toca el punto: ¿Cuál es la causa más frecuente de la nulidad
matrimonial? Aquí se hace necesario citar el Código de Derecho Canónico, en el
c. 1095, que a la letra dice: “Son
incapaces de contraer matrimonio:
·
1 quienes carecen de
suficiente uso de razón;
·
2 quienes tienen un
grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes
esenciales del matrimonio que mutuamente se han de dar y aceptar;
·
3 quienes no pueden
asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza
psíquica”.
Los números 2 y 3,
son las causas por las que más se declaran nulos los matrimonios, un 95%
aproximadamente. Obviamente resulta muy difícil exponer en este pequeño espacio
el fondo de esos números, pero sí podemos decir, de manera simple y con el
riesgo de parecer superficiales, que, traducido en palabras simples y llanas:
la inmadurez afectiva; casarse “sin pensar” más bien motivados por terceras
personas (los papás) o las circunstancias (relaciones sexuales prematrimoniales
o embarazo); cuando los vicios, traumas y debilidades, pueden más que la
voluntad de la persona y aunque quiera no puede ver en el cónyuge uno o una
igual en dignidad y derechos, ni puede aunque quiera, ser buen esposo/a, ni un
padre/madre responsable, y lejos de santificarse en vida matrimonial ésta se
vuelve “un infierno”… Esas son las causas más recurrentes de las nulidades
matrimoniales.
Por otro lado, es de
todos sabido que, la medicina preventiva es mejor que la curativa. Lo mismo se
puede aplicar en el caso del matrimonio: es mejor celebrarlo válidamente que
declararlo nulo después de una experiencia matrimonial dolorosa (que afecta y
marca incluso a inocentes como lo son los hijos), y de un proceso desgastante.
Ideal sería que, quienes van a celebrar este sacramento, se preparen de antemano
lo mejor posible para que su celebración además de bonita, inolvidable y
fecunda, sea también válida. Para toda la vida, hasta que la muerte los separe.
En el pasado mes de
octubre de 2015, entró en vigor un decreto de nuestro Señor Obispo Felipe
Salazar, en el que manda que las pláticas prematrimoniales consten de 11 temas,
el manual sugerido está bastante bien estructurado en su temática, con mucha
lógica y de manera consecutiva. Allí está la Providencia Divina que, a través
de la autoridad eclesiástica y de manera vinculante (obligatoria), pone en las
manos de los agentes de pastoral, presbíteros y laicos, la posibilidad de
ayudar a muchas personas a realizarse humanamente y a santificarse al celebrar
válidamente su matrimonio.
Igual que en otros
renglones de nuestra vida cotidiana, el matrimonio y la familia, son la tabla
de salvación para nuestra sociedad, que tiene algunos rasgos individualistas y
deshumanizantes, enfermos y que enferman. Respondámosle, positiva y
generosamente a Dios, que nos ha puesto allí en la vida pastoral de nuestras
comunidades, y hagamos de nuestra pastoral, entre otras la familiar,
presacramental y jurídica, un medio por el cual los fieles cristianos puedan
encontrar su lugar en la vida de la Iglesia, para su felicidad y santificación
de todas la almas.